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El Intendente Municipal otorga permisos especiales de trabajo los días de lluvia

Una vez mas se pone en evidencia que en General Alvear la ley no se aplica equitativamente para todos tal y como quedo demostrado que desde el ejecutivo municipal si le permiten el paso de circulación a los camiones de estas empresas y a los productores más pequeños se le prohíbe el acceso.

El día de hoy en horas de la tarde noche, siendo que en General Alvear llovieron 32 milímetros  un productor agropecuario registro el momento que por que el camino rural circulaban mas de cinco camiones perteneciente a la conocida «Pollería» , los rodados de gran porte  transitaban cuando aun se encontraba lloviendo y el camino  intransitable.

Alvear Noticias consulto fuentes municipales, donde nos informaron que la “Chancheria” y la “Polleria” si están autorizados a circular no importando como este el camino, ni las condiciones climáticas, ya que se dedican a la cría intensiva, pero cuando se  recurre a la ordenanza Nº 1742/2012,la misma no contempla que los mismos estén autorizados a circular aquellos que se dediquen a la cría intensiva.

Por otro parte si se hace hincapié en el art. 6 de dicha legislación pone en manifestó que están exceptuados de la presente quienes se encuentren afectados al servicio público, al transporte de leche y al transporte de productos perecederos, pero nada expresa de la cría intensiva.

Esta ordenanza prohíbe fundamentalmente la circulación a rodados de gran porte hasta 72 horas posteriores al cese de la lluvia, durante el periodo comprendido entre el 21 de marzo al 21 de septiembre de cada año y desde el día 22 de septiembre y hasta 22 de marzo del año siguiente, la prohibición alcanzará hasta las 48 horas posteriores al cese de la lluvia.

Los productores alegan que esto que ocurre es una  injusticia y es intolerable que todos tenemos a derecho a trabajar, no obstante ello hay un ordenanza y la misma debe ser acatada sin distinción alguna.

La igualdad ante los ojos de la leyes el principio que reconoce que todas las personas deben ser tratadas de la misma manera por la ley y que estén sujetas a las mismas leyes de justicia, reconoce la equiparación igualitaria de todos los ciudadanos.

La ley debe garantizar que ningún individuo o grupo de individuos sea privilegiado o discriminado por el estado sin distinción alguna de raza, sexo, orientación sexual, género, origen nacional, color, origen étnico, religión u otras características ya sean personales.

Es dable resaltar que el art. 14 de nuestra constitución nacional en su parte pertinente manifiesta que todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos de trabajar, entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.

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