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Las ordenanzas que quedan en el limbo en General Alvear

La gran mayoría de los proyectos propuestos y aprobados por el Concejo Deliberante de General Alvear no se aplican, no se cumplen, ni se hacen cumplir.

Es dable resaltar que las ordenanzas  carecen de publicidad,en su mayoría los habitantes de General Alvear desconocen de las ordenanzas existentes,para que las mismas sean cumplidas  es sumamente importante que sean conocidas por la comunidad.

Después de un arduo trabajo y debate entre los ediles de los distintos  bloques de concejales en sus respectivas comisiones, dan dictamen a las diferentes reglamentaciones que en su mayoría  nunca son  cumplidas entonces en este contexto ¿Cual es el sentido del trabajo del HCD de General Alvear?

Las Ordenanzas son normas reglamentarias prescriptivas que la autoridad municipal competente dicta sobre una determinada materia, en conformidad a su autonomía y potestad administrativa,ademas son normas de carácter general y obligatorio, aplicables a la comunidad.

En general, se trata de normas importantes para la vida de los alvearenses,normas que prometían solucionar problemas concretos y mejorar  a nivel social las relaciones interpersonales dentro de la comunidad.

También es justo mencionar que cada uno tiene que ajustarse a derecho,actuar dentro del marco de la ley y acatar las ordenanzas establecidas, pero ante la falta de cumplimiento es el estado quien tiene que velar porque se respeten las leyes.

Muchas son las ordenanzas que no se cumplan como 1820/13 «Tenencia Responsable»,2161/18 «Castraciones»,1535/2009 «Creación de la oficina orientada a defensa del Consumidor» y Ordenanza Nº 1485/08- Código de faltas que en su mayoría tampoco es respetado como por  ejemplo articulo 77 sanciona falta de higiene y salubridad en los las viviendas y domicilios particulares o sus lugares comunes  , el articulo 160 que sanciona  ocupación de la vía pública con materiales para la construcción, máquinas, motores, herramientas, útiles y cualquier otro objeto destinado a preparar, facilitar o realizar una obra o demolición,175 sanciona el depósito sin autorización de vehículos, acoplados, carros, casillas, toldos, puestos, tinglados o similares, en paseos, parques, plazas, veredas y demás lugares del dominio público,el articulo 196 que sanciona el mal estacionamiento como ejemplo estacionar sobre la vereda o ramblas entre otras.

Todas esas prohibiciones nombradas en el código de faltas  es publico notorio que no se respeten en General Alvear,podemos observar en los distintos  puntos del casco urbano vehículos estacionados en la vereda ,materiales de construcción,trailers,todo ello impide la libre circulación de los peatones.

Se puede observar claramente sobre todo en el casco urbano la falta de higiene de algunos domicilios  lo que trae aparejado  suciedad y la presencia de roedores.

De nada sirve tener ordenanzas si no se cumplen.

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