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Pese a que la ordenanza se aprobó en el 2009 aùn en General Alvear no funciona la oficina de defensa del consumidor

La ordenanza para la creación de la Oficina Municipal de Información al Consumidor es la Nº 1535/2009, se legislo el 1 de octubre de 2009,no obstante hasta la fecha  en General Alvear no existe dicha oficina orientada a la defensa de los  consumidores.

Es público y notorio que día tras día en General Alvear se vuelven a repetir los mismos episodios de abuso por parte de los proveedores y los consumidores están totalmente desprotegidos.

Los vecinos alegan que estas situaciones donde se vulneran sus derechos es moneda corriente en General Alvear.¿Donde ir a denunciar estos abusos?

Lo cierto es que al no haber una oficina de defensa del consumidor los residentes no tienen a donde dirigirse para realizar la correspondiente  denuncia  cuando se ven vulnerados sus derechos como consumidores.

Denota a todas luces la ausencia total del estado municipal  ante la conducta maliciosas que los comercios despliegan frente a los usuarios,, los consumidores de General Alvear están totalmente desamparados.

Si un residente de General Alvear quiere interponer una denuncia  tiene que dirigirse hasta la OMIC de  Saladillo,en dicha ciudad por razones de competencia no podrían gestionarse  el reclamo, pese a ello , gracias a la buena voluntad del equipo de la OMIC de Saladillo ingresan el reclamo para salvaguardar y proteger los derechos del denunciante.

Mas allá de todo ello, el gasto de viaje que tiene cualquier residente de General Alvear hasta Saladillo, hace que se vea frustrada la idea de iniciar o simplemente consultar ante un incumplimiento.

Resulta arcaico que estando en el siglo XXI en la cuidad de General Alvear aun no funcione una oficina de defensa del consumidor.

ORDENANZA Nº 1535/2009

ARTÍCULO 1º: Créase la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), en términos y con el alcance que marca la Ley 13.133.

ARTICULO 2º: Para instrumentar la apertura de la OMIC el Departamento Ejecutivo deberá contar mínimamente con los siguientes recursos:

Humanos:

–       1 Administrativo (tiempo Completo)

–       1 Abogado (tiempo parcial)

–       La capacitación de los recursos humanos estará a cargo de la Dirección Provincial de Comercio.

Técnicos:

–       PC

–       Línea Telefónica

–       Acceso a Internet (optativa)

Espacio Físico:

–       Sala privada para realizar las audiencias de conciliación.

ARTICULO 3º: Se anexa al presente Proyecto de Ordenanza un diagrama orientativo de procedimiento para su implementación legal.

ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria al primer días del mes de Octubre de dos mil nueve.

Aprobada por Unanimidad.-

Firman: Nancy Luján Artola, Secretaria Legislativa.

              Dr. Jorge Raúl Fondado, Presidente.

 Link para acceder a la ordenanza:

http://www.munialvear.gov.ar/index.php/hcd-ga/ordenanzas/517-ordenanza1535

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